Para proteger la propiedad de tus temas y que disfrutes de los derechos generados por su difusión pública, las instituciones involucradas son dos: el Registro de la Propiedad Intelectual y la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE). Los editores, además, deberán depositar un ejemplar de la obra en cualquier soporte en el Depósito Legal.

A continuación te explicamos la función de cada una de estas instituciones. En algunos casos los enlaces remiten al portal de la Comunidad de Madrid, por ser el caso que mejor conocemos al ser nuestro lugar de trabajo y residencia, y las fotos corresponden a edificios de la capital. No obstante, la información es genérica y no depende de la Comunidad Autónoma en que vivas.

La propiedad intelectual de una obra literaria, artística o científica corresponde al autor por el solo hecho de su creación, inscribirla en el Registro de la Propiedad Intelectual tiene carácter voluntario. Sin embargo, es conveniente la inscripción para disponer de un medio de prueba que acredite formalmente, frente a terceros, la existencia de la obra y la titularidad de los derechos.

Si alguien reclama la autoría y/o titularidad de derechos sobre una obra, se presume que los datos del Registro son exactos, de manera que debe ser el reclamante el encargado de demostrar su autoría/titularidad y tratar de impugnar los datos del Registro judicialmente.
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La SGAE se encarga de la defensa y gestión de los derechos de las obras de sus socios, autores y editores. Su misión fundamental es proteger y repartir la remuneración de sus asociados por la utilización comercial de sus obras y la gestión de licencias entre los clientes para su uso.

Los derechos se generan por comunicación pública (cuando se difunden públicamente las creaciones en conciertos, emisiones por radio o televisión, difusión en Internet...), reproducción mecánica (generados por la venta, alquiler o préstamo al público de los soportes en los que se reproducen las obras) y por copia privada (que compensan la reproducción de obras en el ámbito doméstico y para uso privado).
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El Depósito Legal es obligatorio para editores y productores de publicaciones. Los particulares no están obligados y, de hecho, no pueden hacerlo.

Tiene como objetivo la recopilación del patrimonio cultural e intelectual de cada país, con el fin de ponerlo a disposición de los ciudadanos. A tal fin recoge ejemplares de las publicaciones de todo tipo reproducidas en cualquier clase de soporte y destinadas por cualquier procedimiento a su distribución o comunicación pública, sea ésta gratuita u onerosa.
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